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Escrito por Alina Bárbara López Hernández 17 septiembre 2018

Publicado originalmente en La Joven Cuba https://jovencuba.com/disonancia/

Una buena orquesta debe lograr la armonía o correspondencia de todos los instrumentos musicales. De lo contrario, el resultado será la disonancia. El verbo disonar significa: “Sonar desagradablemente. Discrepar, carecer de conformidad y correspondencia algunas cosas”.

Nuestro proyecto constitucional se asemeja a una agrupación musical que en los primeros ensayos aún no encuentra su armonía. Para ayudar a la búsqueda del sonido ideal estamos convocados todos los ciudadanos de la Isla, y más, por vez primera también todos los cubanos dondequiera que residan.

Cada artículo de la constitución debe ser claro y preciso, pero ello no es suficiente. El articulado, visto en sistema, debe relacionarse de manera lógica, coherente y absoluta. De lo contrario existirán derechos reconocidos por un lado y no protegidos por otro. Me referiré a uno de los casos en que se manifiesta tal disonancia.

Veamos el artículo 1, que expresa:

“Cuba es un Estado socialista de derecho, democráti­co, independiente y soberano, or­ganizado con todos y para el bien de todos, como república unitaria e indivisible, fundada en el traba­jo, la dignidad y la ética de sus ciu­dadanos, que tiene como objetivos esenciales el disfrute de la libertad política, la equidad, la justicia e igualdad social, la solidaridad, el humanismo, el bienestar y la pros­peridad individual y colectiva”.

Observemos que se declara como uno de los objetivos esenciales de la república el disfrute de la libertad política.

Por su parte, el artículo 59 expresa que “El Estado reco­noce, respeta y garantiza la liber­tad de pensamiento, conciencia y expresión”.

Aquí hay una diferencia, pues no se menciona la libertad política, aunque pudiera aceptarse que las referidas libertades de pensamiento, conciencia y expresión, son ingredientes significativos de la libertad política.

Sin embargo, el artículo 40 nos dice: “Todas las personas son iguales ante la ley, están sujetas a iguales deberes, reciben la misma protección y trato de las autorida­des y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin nin­guna discriminación por razones de sexo, género, orientación sexual, identidad de género, origen étnico, color de la piel, creencia religiosa, discapacidad, origen nacional o cualquier otra distinción lesiva a la dignidad humana”.

Apreciemos que entre los derechos, libertades y oportunidades que reciben la protección de las autoridades y que no pueden ser objeto de discriminación se omiten las creencias políticas y ni siquiera se menciona la ideología política.

Esta incongruencia no puede ser justificada por ningún argumento. Todas las ideologías deben tener igual protección ante la ley, más si el propio artículo 1 reconoce su disfrute como uno de los objetivos de la República.

Dicha exclusión ha sido una práctica en Cuba, la manida frase de que alguien tiene problemas ideológicos, equivale a que es considerada una persona poco confiable, casi un enemigo. Pero el nuevo proyecto, y el debate que este ha generado, es momento propicio para dirimir una cuestión tan importante y de tanto peso en la credibilidad de los que nos dirigen y en la imagen interna y externa de nuestro sistema político.

Para mantener esa extrema intolerancia en el campo ideológico siempre se ha esgrimido la tesis de que el Estado cubano debe protegerse de personas o grupos que reciben financiamiento foráneo para subvertir el orden interno. Que un Estado se resguarde es correcto, y es una práctica de cualquier sistema político. Lo hace EE.UU. ahora mismo cuando un fiscal especial indaga si en la campaña presidencial de Donald Trump hubo interferencia rusa para favorecerlo. Lo hizo Perú cuando invalidó al presidente Pedro Pablo Kuzinski por haber recibido apoyo financiero de una corporación brasileña. Lo hizo Cuba cuando denunció en 1968 el caso de la microfracción pro soviética, y lo ha seguido haciendo.

No obstante, ese derecho indiscutible a protegerse de agentes organizados y financiados desde el exterior se ha pervertido entre nosotros hasta convertirse en una cómoda manera de evitar críticas desde cualquier postura ideológica —de izquierda o de derecha—, hasta el punto en que hoy se escucha hablar de “mercenarios sin pago”, un dislate total que estandariza las opiniones políticas al estilo Busch de “los que no están conmigo son mis enemigos”, que tanto criticamos en su momento.

Es en ese sentido en el que resulta altamente sintomático que no se explicite en el artículo 40 la condena por discriminación ideológica. Tenemos uno de los órganos de seguridad del Estado más famosos del mundo, no le será difícil demostrar —con pruebas constatables, claro está—, un financiamiento exterior de otro país a personas o grupos para subversión política interna, si fuera el caso.

De modo que afinemos nuestros instrumentos y armonicemos la orquesta, que tras casi sesenta años ya no estamos en fase de ensayo.

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